Requisitos de Traslado Externo Extraordinario (Universidades no Licenciadas)
a) Fotocopia de DNI o Carné de Extranjería.
b) Certificado original actualizado de estudios universitarios, que indique el
promedio semestral y anual aprobados. El documento debe contar con
sello y firma de la autoridad competente.
c) Constancia de primera matrícula de la universidad de origen y/o
procedencia.
d) Constancia de estudiante actualizada. Se tendrá en cuenta desde cuatro
(4) semestres académicos antes de la resolución de denegatoria del
licenciamiento.
e) Constancia original actualizada de no haber sido separado, temporal o
definitivamente, de la universidad de procedencia, por aplicación del
artículo 102 de la Ley Universitaria N° 30220 (bajo rendimiento
académico). El documento debe contar con sello y firma de la autoridad
competente.
f) Constancia original actualizada de no haber sido separado, temporal o
definitivamente, de la universidad de procedencia, por medida
disciplinaria y/o falta grave. El documento debe contar con sello y firma
de la autoridad competente.